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CSJ - SCP Boletin Jurisprudencial 2017-08-02

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SCP Boletin Jurisprudencial 2017-08-02
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2017

ACUERDO DE PAZ (FARC - EP)  Cuando un juez emite orden de captura de oficio para el cumplimiento de una pena, el interesado debe acudir directamente ante esta autoridad judicial para solicitar la suspensión de la ejecución ésta (Decreto 706 de 2017) (AP4688-2017)  Deber del interesado de suscribir acta formal de compromiso para la suspensión de la ejecución de las órdenes de captura (Decreto 706 de 2017) (AP4688-2017), (AP4695-2017)  Deberes de la fiscalía y la defensa en el trámite de la solicitud de la libertad condicionada (Ley 1820 de 2016) (AP3991-2017)  Determinada la improcedencia de la libertad transitoria condicionada y anticipada (Ley 1820 de 2016), como la persona tiene orden de captura vigente, se analizó de oficio si procede o no la suspensión de ésta (Decreto 706 de 2017) (AP4695-2017)  En la audiencia pública convocada para decidir la solicitud de libertad condicionada, el Fiscal, el interesado o su defensa previamente deberán reclamar la declaratoria de conexidad, y luego se sustentará la petición de libertad con los soportes de prueba pertinentes (AP3991-2017)  La aplicación de la amnistía de iure (Ley 1820 de 2016) es para delitos investigados o juzgados en Colombia, no los sometidos a la jurisdicción de otros países (AP4116-2017)  La competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz es frente a conductas punibles cometidas por causa, con ocasión o relación directa o indirecta con el conflicto armado

 La competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz es frente a conductas punibles cometidas por causa, con ocasión o relación directa o indirecta con el conflicto armado (AP4113-2017)  La decisión de carácter definitivo si la conducta se cometi ó con ocasi ón o relaci ón con el conflicto armado, es política o conexa le corresponde a la Jurisdicción Especial para la Paz, Sala de Amnistía o Indulto, y a los jueces competentes decidir respecto de la amnistía de iure (AP4113-2017)  La suspensión de la ejecuc ión de la ordenes de captura procede a favor de miembros de la Fuerza Pública por conductas punibles como el homicidio en persona protegida (caso falso positivo) (AP4688-2017), (AP4695-2017)

El contenido de este boletín es de carácter informativo. Se recomienda revisar directamente las providencias .

Boletín Jurisprudencial Sala de Casación Penal

Bogotá, D. C., 02 de agosto de 2017 n.º 122

 La suspensión de la ejecución de las órdenes de captura (Decreto 706 de 2017) es un beneficio temporal (AP4688-2017), (AP4695-2017)  No procede conceder la libertad tra nsitoria condicionada y anticipada (Ley 1820 de 2016) cuando la persona se encuentra privada de la libertad por cuenta de proceso diferente al que abarca la solicitud del beneficio (AP4695-2017)  Para conceder la libertad condicionada (Ley 1820 de 2016) se deb e analizar la conexidad del

cuando la persona se encuentra privada de la libertad por cuenta de proceso diferente al que abarca la solicitud del beneficio (AP4695-2017)  Para conceder la libertad condicionada (Ley 1820 de 2016) se deb e analizar la conexidad del delito con el conflicto armado o si es político o conexo, por parte del funcionario por cuenta del cual se encuentra privado de la libertad, y en los casos que sean varios, compete al primero ante quien se presentó la solicitud de libertad (AP4621-2017)  Para otorgar la libertad condicionada (Ley 1820 de 2016) se debe establecer provisionalmente, a partir de una inferencia razonable, por el funcionario judicial encargado, si los delitos por los cuales se investiga, procesa o condena se relacionan con el conflicto armado y/o son de carácter político o conexo a éste (AP4113-2017)

DEBIDO PROCESO (AP4711-2017)  Ser juzgado sin dilaciones injustificadas: articulado con la imposición de me dida de aseguramiento, permite contar con la garantía fundamental a ser investigado y procesado en términos razonables y el derecho humano a ser dejado en libertad si se es procesado en detención y se traspasan los límites del plazo razonable

JURISPRUDENCIA (SP8468-2017)  Aplicación de un nuevo criterio jurisprudencial a situaciones anteriores al momento en que se establece

MEDIDA DE ASEGURAMIENTO (AP4711-2017)  Detención preventiva: sustitución de la medi da de aseguramiento por vencimiento del plazo máximo de duración (Ley 1786 de 2016), es diferente a la libertad provisional por vencimiento

 Detención preventiva: sustitución de la medi da de aseguramiento por vencimiento del plazo máximo de duración (Ley 1786 de 2016), es diferente a la libertad provisional por vencimiento de términos  El plazo máximo de la detención preventiva, establecido en el artículo 1 de la Ley 1786 de 2016, aplica por favorabilidad a casos seguidos bajo la Ley 600 de 2000  El plazo máximo de la detención preventiva, establecido en el artículo 1 de la Ley 1786 de 2016, cobija las detenciones impuestas con anterioridad a la entrada en vigencia de la precitada norma.  El plazo máximo de la detención preventiva, establecido en el artículo 1 de la Ley 1786 de 2016, tiene vigencia hasta la sentencia de primera instancia en casos adelantados por la ley 600 de 2000, y hasta el anuncio del sentido del fallo en primera instancia, en casos seguidos por la ley 906 de 2004.

SISTEMA PENAL ACUSATORIO (SP9714-2017)  Preacuerdos y negociaciones: principio de congruencia, se vulnera si en la sentencia se desconoce la pena pactada entre el procesado y la fiscalía  Preacuerdos y negociaciones: suscrito en fase de investigación equivale al escrito de acusación y su contenido es fundamento y límite de la sentencia3

TRÁFICO FABRICACIÓN O PORTE DE ESTUPEFACIENTES (SP9916-2017)  Consideraciones respecto a la demostración, por parte de la Fiscalía, del elemento subjetivo atinente al ánimo o intención –de consumo o de distribución– del sujeto activo de la conducta

 Consideraciones respecto a la demostración, por parte de la Fiscalía, del elemento subjetivo atinente al ánimo o intención –de consumo o de distribución– del sujeto activo de la conducta  El verbo rector «llevar consigo» del art. 376 del C.P. contiene un elemento subjetivo distinto al dolo, atinente al ánimo o intención –de consumo o de distribución – del sujeto activo; la conducta es atípica si el porte es para el consumo

Corte Suprema de Justicia de Colombia Dra. Maria Juliana Escobar Gutierrez Relatora Sala de Casación Penal

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